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Advierten que para renovar placas no se debe tener multas y presentar póliza de seguro vigente

El experto en la ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana, Dary Terrero, advirtió hoy a los conductores de vehículos que para la renovación de la placa correspondiente al periodo 2020-2021 no deben tener multas pendientes de pago además del seguro vigente.

Terrero argumentó que la normativa en el Artículo 161 sobre la expedición y renovación de las placas, expresa que “para la renovación anual de las placas será obligatoria la presentación del marbete de inspección técnica vehicular y de la póliza de seguro de vehículos de motor vigentes”.

En ese sentido, la ley también explica que cuando el marbete de inspección técnica vehicular o la póliza del seguro de vehículo de motor no se encuentren vigentes, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no podrá expedir ni renovar ninguna placa.

Terrero además recordó que la DGII hizo el llamado a que a partir del próximo 17 de noviembre del año en curso los conductores de vehículos estarán hábiles para la renovación de las placas.

En ese orden, apuntó que desde el año 2013 están exento de este trámite las motocicletas, por lo que el Estado dominicano deja de percibir más de 2,000, millones de pesos cada año.

Finalmente Terrero instó a la Superintendencia de Seguros y las empresas aseguradoras a buscar mecanismos para la verificación en línea de vigencia de las pólizas y así erradicar la vieja práctica de conducir sin seguro en el país.

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